Respecto a las directrices sobre la aplicación de la sentencia. Inclusión inadecuada de la carpa y la arco iris como exóticas.

La sentencia del T S es aplicable de forma inmediata SOLO Y EXCLUSIVAMENTE en lo referente a los puntos del real decreto que ordena anular.

Respecto a la inclusión de la carpa y a la arco iris, CORRESPONDE AL GOBIERNO EXCLUSIVAMENTE ejecutar su inclusión, para lo que de acuerdo con el artículo 104 de la LEY DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, el gobierno tiene un plazo de dos meses para ejecutar la sentencia del T S.